TRUJILLO.- Frente al Proyecto de Ley N°
2647/2013-CR por medio del cual, se insiste en buscar establecer en el Perú las
uniones civiles no matrimoniales para personas del mismo sexo, en mi condición
de ciudadano peruano, y como Arzobispo Metropolitano de Trujillo, considero
oportuno expresar a los señores congresistas, al Poder Ejecutivo, a los padres
de familia y a todos los peruanos lo siguiente:
1.- Este proyecto muestra una clara
contradicción entre su denominación y el contenido de su articulado, pues
llamándose “no matrimonial”, pretende que le sean aplicables las
instituciones jurídicas propias del matrimonio civil, consagradas en nuestra
Constitución y el Código Civil Peruano (Artículos 234 y ss del CC).
2.- Este planteamiento es totalmente
contrario a lo que nuestra Constitución prescribe cuando dice “La
comunidad y el Estado… protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen
a estos últimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad” (Artículo
4°). Plantear una forma de unión fuera de estos institutos naturales y
fundamentales de la sociedad daña los principios que sobre éstos ha acogido
nuestra Constitución y también el Tribunal Constitucional.
3.- Con esta propuesta se busca
implantar en la legislación peruana el matrimonio entre personas del mismo
sexo, escondiéndolo bajo la denominación de unión civil no matrimonial, pues si
no es una unión matrimonial, no se puede entender cómo se pretende que nazcan
derechos propios del matrimonio como la sociedad de gananciales, los derechos
alimentarios, el derecho sucesorio, la protección contra la violencia familiar,
o incluso las causales de disolución del matrimonio, tal como están
establecidos en el Código Civil Peruano.
4.- En la búsqueda de una supuesta
protección a los beneficiarios de este proyecto, debemos subrayar que el actual
ordenamiento jurídico sí permite la tutela de situaciones jurídicas de interés
recíproco, por lo tanto este proyecto se hace innecesario.
5.- Se debe alertar que a través de
este proyecto se busca eximir a sus beneficiarios de la obligación a la
fidelidad y a una vida sana, pues no considera causales de disolución de este
vínculo al adulterio, el uso de estupefacientes, la enfermedad grave de
transmisión sexual, que sí permanecen como obligatorias para la unión
matrimonial civil, lo que pondría a los beneficiarios en una situación de
privilegio.
6.- Si se legislara bajo el falso
argumento de no discriminar y se privilegia a un grupo minoritario con derechos
que no gozan la mayoría de ciudadanos, no solo se desnaturaliza la razón de ser
de una ley, sino que se comete una gran injusticia.
7.- Es necesario advertir que si el
Estado reconoce este tipo de unión, debilita las instituciones naturales que
por mandato constitucional debe proteger, deja de cumplir su obligación ante el
matrimonio y la familia y daña directamente a nuestro orden social.
8.- Por estas consideraciones,
solicito a los señores congresistas de la República, hagan una revisión
exhaustiva del articulado de este proyecto de ley y sea archivado por ir contra
la Constitución del Estado que protege a la familia y promueve el matrimonio
como instituciones naturales.
Hago un llamado a todos los padres de
familia, de manera particular a los fieles católicos, a defender el matrimonio
y la familia, recordando el primer cántico nupcial pronunciado por Adán
después de la creación de Eva: “Esta sí que es hueso de mis huesos y
carne de mi carne; ésta será llamada mujer porque ha sido sacada del varón” (Gn
2,23) y el mandato divino “por esta razón el hombre deja a su padre
y a su madre y se une a su mujer y los dos son uno solo” (Gn 2,24),
que es corroborado por Jesús cuando dice “lo que Dios ha unido, que no lo
separe el hombre” (Mc 10, 9).
Trujillo, 19 de Abril del 2014.
+ Héctor
Miguel Cabrejos Vidarte, OFM.
Arzobispo
Metropolitano de Trujillo
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